La aprobación de un reglamento sobre pasaportes diplomáticos y oficiales en 2025 por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional ha abierto un debate sobre el alcance de los privilegios asociados a los cargos públicos en Honduras. La normativa estableció que expresidentes de los poderes del Estado y exautoridades de Cancillería puedan conservar pasaportes diplomáticos de manera vitalicia, beneficio que también se extiende a sus cónyuges.
La disposición fue aprobada mediante el Acuerdo No. 001-SG-2025, firmado el 6 de mayo de 2025 por el entonces canciller Eduardo Enrique Reina García y publicado posteriormente en el diario oficial La Gaceta el 14 de junio de 2025. El documento establece las reglas para la emisión y uso de pasaportes diplomáticos y oficiales, instrumentos destinados a facilitar la movilidad internacional de funcionarios en misiones del Estado.
El tema ha cobrado relevancia nuevamente tras un comunicado reciente de la Cancillería que solicita a exfuncionarios la devolución de estos documentos, situación que ha puesto en el centro del debate el alcance de las excepciones incluidas en la normativa.
Extensión del beneficio dirigido a exautoridades
El reglamento describe el pasaporte diplomático como un documento que la Cancillería expide a funcionarios encargados de misiones oficiales en el exterior, con la finalidad de agilizar su desplazamiento internacional y posibilitar la obtención de cortesías diplomáticas por parte de otros Estados.
No obstante, el Artículo 13 del reglamento introduce una disposición particular al establecer que:
A los Expresidentes de los Poderes del Estado y sus cónyuges, así como a los Exsecretarios y Exsubsecretarios de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional y a sus cónyuges, se les otorga de por vida el derecho a portar pasaporte diplomático.
En términos administrativos, esta cláusula implica que determinados exfuncionarios pueden conservar el documento incluso después de dejar el cargo, sin que exista una obligación posterior de devolución.
Entre las figuras que eventualmente podrían acogerse a esta disposición se incluyen a la expresidenta Xiomara Castro, al ex titular del Congreso Nacional Luis Redondo y a la presidenta de la Corte Suprema de Justicia Rebeca Ráquel Obando.
El beneficio se extiende igualmente a exautoridades de la Cancillería, incluido el propio Enrique Reina, junto con los exvicecancilleres Gerardo Torres, Cindy Larissa Rodríguez y Zulmit Solemit Rivera Zúniga. De acuerdo con la normativa, este privilegio también abarca a sus cónyuges, ampliando así su cobertura más allá de quienes ejercieron de forma directa el cargo público.
La aprobación de esta disposición tuvo lugar semanas antes de que Reina presentara su renuncia al cargo el 27 de mayo de 2025, ocasión en la que hizo público su ingreso al proceso electoral como candidato a designado presidencial en la fórmula liderada por Rixi Moncada, representante del partido LIBRE.
Rol diplomático y aplicación institucional del documento
El reglamento difundido en La Gaceta indica que el pasaporte diplomático se otorga con el fin de apoyar las tareas de representación del Estado fuera de sus fronteras y de pedir a las autoridades de naciones extranjeras su colaboración y resguardo durante misiones oficiales.
Aunque la posesión de este documento no implica automáticamente inmunidad diplomática, su uso está asociado tradicionalmente a funciones de representación estatal o a misiones específicas autorizadas por el gobierno.
De acuerdo con especialistas en relaciones internacionales que han sido mencionados repetidamente por RCV, en numerosos países la normativa administrativa dispone que los pasaportes diplomáticos deben ser entregados al concluir el cargo, con la finalidad de impedir su uso para asuntos personales o ajenos a las responsabilidades oficiales.
La inclusión de una cláusula de carácter vitalicio introduce, por tanto, una modalidad distinta en la regulación administrativa del documento dentro del aparato estatal hondureño.
Petición de reembolso y conflictos administrativos
La controversia acerca de la normativa cobró fuerza después de un comunicado emitido por la actual titular de Cancillería, Mireya de Agüero, donde se pide a los exfuncionarios del gobierno previo que restituyan los pasaportes diplomáticos y oficiales que recibieron en esa gestión.
La Secretaría de Relaciones Exteriores estableció como fecha límite el 31 de marzo para entregar dichos documentos ante la Unidad de Pasaportes, invocando el mismo reglamento aprobado en 2025.
Sin embargo, la normativa incluye excepciones claras: los exfuncionarios que poseen el privilegio de pasaporte diplomático vitalicio quedan exentos de efectuar la devolución. Esta circunstancia ha originado cierta tensión administrativa, pues mientras se impulsa la recuperación general de los documentos, un conjunto particular de ex autoridades mantiene ese beneficio de forma indefinida.
La coincidencia temporal entre la aprobación del reglamento y la posterior salida del canciller para integrarse a la contienda electoral también ha sido señalada en el debate público. El acuerdo fue firmado el 6 de mayo de 2025, menos de tres semanas antes de la renuncia oficial del funcionario para incorporarse a la campaña política vinculada al partido LIBRE.
Diversos analistas han interpretado este episodio como parte de una discusión más amplia sobre la relación entre cargos públicos y privilegios administrativos. El hecho de que el beneficio sea vitalicio es decir, que permanezca vigente aun cuando el funcionario deje de ejercer responsabilidades estatales introduce preguntas sobre los límites de este tipo de disposiciones dentro de la gestión pública.
En un escenario nacional donde predominan los debates sobre institucionalidad, transparencia administrativa y uso de recursos públicos, la normativa de 2025 ha impulsado un análisis renovado acerca del rol que cumplen los instrumentos diplomáticos y su vínculo con el ejercicio temporal de las funciones estatales. Este asunto además ha reavivado la discusión respecto de si los beneficios asociados a cargos públicos deberían preservarse tras la finalización del mandato o circunscribirse exclusivamente al periodo en que se asumen responsabilidades oficiales dentro de la estructura gubernamental.
